EL ABC DE LA NUEVA LEY GENERAL DE AGUAS NACIONALES
- Oscar Zair Fuentes Avila

- 22 dic 2025
- 3 Min. de lectura

La desinformación suele ser el enemigo más grande del progreso, y así quedó demostrado durante el proceso de aprobación —en lo general y en lo particular— del dictamen de la nueva Ley General de Aguas Nacionales. Uno de los señalamientos más repetidos fue que la ley afectaría directamente las concesiones y su transmisión, lo que dio pie a movilizaciones nacionales para detener su publicación o modificar el texto original.Sin embargo, este debate deja ver un aspecto fundamental: sí hubo escucha pública, y se incorporaron ajustes derivados de las observaciones de la sociedad civil, productores, especialistas y opinión pública. Este artículo presenta, de manera clara y ordenada, los principales cambios legislativos y su impacto esperado en la gestión del agua en México.
La legislación previa había permanecido prácticamente intacta desde 1992. Durante más de tres décadas se sostuvo un modelo de gestión hídrica que favorecía la concentración de concesiones y que, en los hechos, impulsaba un enfoque de mercado. Este marco permitió: La sobreexplotación de acuíferos. El acaparamiento de agua por grandes usuarios.La falta de reconocimiento formal de sistemas comunitarios. La nueva Ley General de Aguas busca sustituir este esquema mediante un marco actualizado que prioriza el derecho humano al agua, la soberanía hídrica del Estado y la sustentabilidad. Además, alinea todos los instrumentos legales con principios de justicia social y protección ambiental, necesarios ante la crisis hídrica actual. Un acierto importante del proceso legislativo fue partir de una consulta amplia y territorial. CONAGUA organizó foros en las 13 regiones hidrológicas del país, con la participación de más de 5,100 personas entre productores, comunidades indígenas, academia, industrias y organizaciones civiles.
A diferencia de procesos cerrados o meramente técnicos, esta construcción sí integró propuestas ciudadanas. La versión final del dictamen refleja modificaciones reales derivadas de críticas públicas, lo cual fortalece su legitimidad. El resultado fue un rediseño profundo de la Ley de Aguas Nacionales: 166 disposiciones modificadas, 119 artículos reformados, 31 adicionados. 16 Además, incorpora conceptos clave como: Uso vital: doméstico, personal y alimentario, por encima de cualquier uso económico. Uso agropecuario familiar: reconocido y protegido. Reasignación: con criterios transparentes y control estatal. Reconocimiento del uso para acuacultura. También se establece que el Estado debe prevenir, investigar, sancionar y reparar violaciones al derecho humano al agua. En medio del debate público, surgieron numerosos mitos que generaron confusión. A continuación se presentan los más frecuentes y lo que realmente establece la ley.
MITO 1: “TE PUEDEN QUITAR CONCESIONES CUANDO QUIERAN.”
FALSO. La ley no permite cancelaciones arbitrarias. Una concesión solo puede perderse bajo circunstancias excepcionales, principalmente cuando exista riesgo comprobado para garantizar el consumo humano. Es una medida de protección al derecho fundamental al agua, no una facultad discrecional del Estado.
MITO 2: “SE PRIVATIZA EL AGUA.”
FALSO. El Estado continúa siendo el único administrador del recurso. La ley prohíbe expresamente la transferencia de derechos entre privados, evitando la creación de mercados de agua. Todas las autorizaciones, reasignaciones y decisiones pasan exclusivamente por la autoridad pública.
MITO 3: “CRIMINALIZA A LOS PRODUCTORES.”
FALSO.El régimen sancionador excluye el uso doméstico y el uso agropecuario de pequeña escala. Las sanciones se enfocan únicamente en delitos graves: consumo masivo de agua, daño ambiental deliberado,trasvases ilegales. Los productores familiares y las comunidades no son objeto de criminalización.
México enfrenta un escenario de estrés hídrico, sequías recurrentes y desigualdad en el acceso al agua. En este contexto, la reforma representa un avance hacia un sistema más justo, eficiente y acorde con el siglo XXI. No resuelve todos los desafíos —ninguna ley por sí sola puede hacerlo—, pero sí establece bases más claras, transparentes y equilibradas para la gestión del recurso hídrico. Su mayor fortaleza es que reconoce la prioridad del consumo humano, ordena la participación del Estado como garante del derecho al agua y frena mecanismos que permitían prácticas inequitativas o extractivas. Aunque la ley incorpora mejoras sustantivas, aún existen áreas críticas que requerirán vigilancia e inversión. Una de las más relevantes es la medición y supervisión de concesiones. Actualmente, más del 96% de los usuarios no cuenta con medidores o visitas de inspección regulares, lo cual facilita el acaparamiento y la sobreexplotación de acuíferos. Mientras estos vacíos persistan, cualquier marco legal tendrá límites operativos. Sin medición real, control técnico y monitoreo, la gestión del agua seguirá enfrentando rezagos históricos. La aprobación de la nueva Ley General de Aguas Nacionales marca un paso significativo hacia la modernización del sistema hídrico en México. Es una norma más robusta, incluyente y alineada con estándares contemporáneos de justicia social y sustentabilidad. Aun así, su éxito dependerá no solo del texto aprobado, sino de su implementación, de la capacidad institucional y del compromiso colectivo para combatir la desinformación y fomentar una cultura hídrica responsable. El debate continuará —como debe ser en una democracia—, pero hoy México avanza hacia una gestión más justa y ordenada de uno de sus recursos más vitales.






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